Mi pareja y yo nos hemos propuesto comenzar nuestra andadura de vida en común y para ello nos hemos decidido a buscar una vivienda que reúna las condiciones que ambos consideramos idóneas donde desarrollar nuestras vidas. Para ello acudimos a Segohouse asesores inmobiliarios, una empresa inmobiliaria situada en el centro de Segovia, formada por un equipo profesional que posee una amplia experiencia en el sector inmobiliario, lo que hace que se distingan por un tratamiento profesional, personalizado, de absoluta confidencialidad, seguro y eficaz, y porque su personal acompañará al cliente hasta que este haya finalizado plena y satisfactoriamente la gestión que les haya encomendado, ya sea de compra, venta, alquiler o incluso permutas de cualquier tipo de bienes inmuebles, además de prestar asesoramiento en cuanto a financiación pudiendo incluso ofertar acuerdos muy ventajosos con varias entidades bancarias, realizar tasaciones, valoraciones, poner en valor un inmueble optimizando su presentación con un mínimo coste para mejorar su atractivo o incrementar su valor a la hora de darle salida al mercado, realizar servicios de limpieza, tramitación del obligado certificado energético o incluso la confección de cualquier tipo de contrato.
De todas las propuestas que nos han ofertado y que hemos visto, nos ha llamado especialmente la atención una de ellas, ya que reúne todas las condiciones que pedíamos y entra dentro del presupuesto que podemos manejar y por ello estamos interesados en la compra de la vivienda. Se trata de una casa unifamiliar que se ha construido según los datos que figuran en la oficina de gestión catastral en el año 2002, en un suelo urbano, según la calificación urbanística del vigente Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento en el que residimos, sin embargo, según los datos que hemos podido obtener, esta no tiene licencia municipal de construcción ni, por supuesto, licencia de ocupación, puesto que se ha construido por su actual propietario por el sistema de administración, esto es, que el dueño del terreno ha sido el encargado de comprar además de la parcela, los materiales y se ha dispuesto a construir la casa el mismo, sin ayuda externa de nadie.
A la vista de ello y con el fin de conocer los trámites para intentar legalizar la situación de la edificación para su posterior adquisición, solicitamos asesoramiento en una notaría, la cual nos informó que ante todo se debe realizar ante notario una escritura de obra nueva por antigüedad. Para ello, la documentación necesaria para constituir esta escritura, sería:
– Licencia de obra. Dado que la obra es “antigua”, o sea ya está finalizada y no posee licencia municipal, se sustituirá esta documentación por una acreditación de que la construcción tiene una antigüedad superior a los 4 años. Este extremo se puede probar mediante certificación catastral, un acta notarial de la existencia de la edificación o una certificación de la secretaría del ayuntamiento respectivo.
– Acreditación de la no existencia de expediente de disciplina urbanística. La justificación de este punto puede realizarse mediante una nota simple del registro de la propiedad en la que se indique que sobre la parcela no se ha procedido a la anotación de ningún expediente o bien mediante certificación de la secretaria del ayuntamiento donde se haya situada la edificación en la que se haga constar que no existe ningún expediente de disciplina urbanística.
– Licencia de primera ocupación. Dado que no existe, deberá probarse por otros medios, como justificación del uso de la edificación, ya sea vivienda, industrial, etc.
– Certificado descriptivo de la edificación. Dado que no existe una memoria descriptiva firmada por un técnico competente, se podrá acudir a la descripción realizada en la certificación descriptiva y gráfica de catastro.
Otro de los pasos a seguir, la inscripción en el Registro de la Propiedad
Una vez constituida la mencionada escritura de obra nueva ante notario, y realizada la correspondiente escritura de compraventa, el paso siguiente sería proceder a solicitar la inscripción en el registro de la propiedad correspondiente, en primer lugar de la parcela sobre la que se edificó la construcción, en el hipotético caso de que todavía no se hallara inscrita, para a continuación poder solicitar y proceder a la inscripción de la construcción sobre la que se ha realizado la escritura notarial.